El sector privado deberá realizar en su totalidad el depósito de la gratificación navideña a sus trabajadores hasta la quincena (como fecha máxima). Los trabajadores de microempresas tendrán derecho a medio sueldo adicional, siempre y cuando la empresa se haya inscrito en el Registro de Micro y Pequeña Empresa.
Según la Cámara de Comercio de Lima, prevé que este derecho se efectuaría si los trabajadores se encuentran contratados de manera indefinida o parcial. Como segundo requisito, los empleados deberían haber trabajado al menos un mes completo (por lo menos desde julio).
Porta parte otra, aquellos que sean trabajadores del hogar podrán recibir un sueldo completo según la Ley 31047. En cuanto los trabajadores del sector agrario, sólo recibirán la gratificación si pago salarial no es semestral, pues de haber sido así, no podrían recibir gratificación porque ya estaría incluida en la remuneración recibida.
Por último, quienes trabajen de manera remota u online sí podrán recibir el beneficio de la gratificación, pues es legal que puedan acceder a ello según la laboralista del estudio Payet, Cristina Oviedo. Para quienes se encuentren de vacaciones, licencia de goce o descanso médico también podrán acceder al mencionado beneficio económico.
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