El Tribunal Constitucional del Perú (TC) aclaró que las municipalidades no tienen competencia para multar ni enviar autos al depósito, una acción que ha venido generando controversia en Lima Metropolitana. Según esta entidad, la única autoridad con facultad para regular infracciones de tránsito es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Esta decisión afecta directamente ordenanzas municipales que sancionaban a conductores con elevadas multas y retiro de sus vehículos por mal estacionamiento.
¿Qué establece la ley sobre la competencia en el tránsito?
El TC precisó que el Reglamento Nacional de Tránsito (RNT), aprobado en 2009, fija claramente las reglas para sancionar faltas vehiculares. Este reglamento le otorga la regulación del tránsito terrestre al MTC, no a los gobiernos distritales. Por eso, las ordenanzas municipales que permiten el uso de grúas y el internamiento de vehículos se consideran inconstitucionales.
¿Qué implicancias tiene esta decisión para los conductores?
Hasta ahora, muchas municipalidades de Lima venían imponiendo multas que superaban los S/ 1,000, además de cobrar tarifas diarias por mantener los autos en depósitos, lo que generaba un gasto adicional para el ciudadano. Sin embargo, el RNT señala que las multas por estacionar mal solo deben implicar una infracción grave (G40), una sanción monetaria de S/ 428 y la remoción del vehículo, más no su internamiento.
¿Podrían los alcaldes estar cometiendo abuso de autoridad?
El Tribunal advirtió que estas prácticas podrían considerarse un abuso de autoridad, ya que se trataría de ordenanzas con fines lucrativos en perjuicio de los vecinos. Si se comprueba responsabilidad, los alcaldes y funcionarios involucrados podrían ser investigados por el uso indebido de funciones públicas.
¿Qué dice la Constitución del Perú sobre este tema?
La Constitución peruana establece que las municipalidades distritales no pueden regular el tránsito. Esta es una competencia nacional y, en coordinación, también de las municipalidades provinciales, con apoyo de la Policía Nacional del Perú. Cualquier intento por legislar fuera de ese marco legal vulnera el principio de legalidad.































































































