El ministerio de la Producción decidió que las personas naturales y jurídicas según Resolución Ministerial N°394-2021 publicada hoy en El Peruano, la cuál modifica a la Resolución Ministerial N°334-2020-PRODUCE, con el fin de que los administradores que hayan tenido perdidas en el fraccionamiento durante el estado de emergencia 2021-2022, puedan optar por una forma de pago que no afecte su economía.
Como resultado se modifica el literal:
Del artículo 1° quedando de la siguiente manera: “Si el solicitante ha perdido algún beneficio otorgado por el Ministerio de la Producción declarado por Resolución Directoral. Excepcionalmente y por única vez, el solicitante puede acogerse al fraccionamiento de su deuda administrativa derivada de una pérdida de fraccionamiento que haya sido declarada mediante Resolución Directoral dentro del Estado de Emergencia establecido por el Estado a causa del COVID – 19.
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