El Ministerio de Salud informó que, desde hoy 20 de setiembre, para el ingreso de peruanos o extranjeros al país se deberá presentar la prueba molecular negativa no mayor a 72 horas de aplicada. Asimismo, indicaron que la presentación del carné de vacunación contra el coronavirus (COVID-19) no es requisito obligatorio.
“Los peruanos, extranjeros residentes, y extranjeros no residentes cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen y sin carácter obligatorio la presentación del carné de vacunación del país donde se vacunó”, informó la entidad en un comunicado.
Según el Decreto Supremo 152-2021-PCM, publicada el último viernes 17 de septiembre, la medida indica que los peruanos, extranjeros residentes, y extranjeros no residentes cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen.
La noticia generó muchas dudas respecto a los pasajeros que no tienen sus dosis completas o que no cuenten con ninguna de sus vacunas. Por ello, el domingo 19 de setiembre, el Minsa publicó respecto al númeral 8.7 del Decreto Supremo Nº 152-2021-PCM que la presentación de la cartilla de vacunación es «sin carácter obligatorio».
“Aquellas personas que muestren síntomas al ingresar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia”, precisa también la norma.
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