Desde hoy,
los medios de comunicación del Estado están obligados a brindar un
espacio mensual de cinco minutos a cada uno de los partidos políticos que tienen al menos una curul en el
Congreso para la
difusión de sus propuestas y planteamientos, según la Resolución Gerencial N° 002757-2021-GSFP/ONPE, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Se trata de las agrupaciones Partido Político Nacional Perú Libre, Fuerza Popular, Renovación Popular, Acción Popular, Alianza para el Progreso, Avanza País, Juntos por el Perú, Partido Democrático Somos Perú, Podemos Perú y el Partido Morado, según la lista establecida por la Oficina Nacional de Procesos Electores (ONPE).
Según el artículo 34° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios se precisa que
la renuncia de un congresista al partido político con la que consiguió la representación parlamentaria
no conlleva la pérdida del espacio asignado.
Además,
la incorporación de un congresista renunciante a otro partido político sin representación parlamentaria, no otorga derecho al nuevo partido para la asignación de espacio no electoral.
El artículo 36° del citado Reglamento firmado por la gerente de Supervisión de Fondos Partidarios, Margarita María Díaz Picasso, regula que, la Gerencia emite y publica la resolución correspondiente, con la relación de los partidos políticos con derecho al espacio no electoral que rige hasta las próximas elecciones generales.
Discussion about this post