El Pleno del Congreso de la República aprobó un dictamen que modifica el Decreto Legislativo 1186, el cual regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú. La reforma establece pautas claras sobre el uso de armas letales y no letales, además de permitir el uso de armas de fuego en situaciones de flagrante delito.
¿Cómo impactará la reforma en las acciones policiales?
En la primera votación, el dictamen obtuvo 81 votos a favor, 19 en contra y tres abstenciones. En la segunda votación, que fue exonerada, el resultado fue 81 votos a favor, 21 en contra y dos abstenciones.
Con esta reforma, se definen claramente los tipos de armas que pueden ser utilizadas por los efectivos policiales, incluyendo tanto armas letales como no letales, así como otros equipos autorizados para enfrentar amenazas a la seguridad y el orden público.
La reforma especifica que, en casos de flagrancia, los policías podrán utilizar armas de fuego, incluso si estas son letales inoperativas, falsas o de otro tipo peligrosas, lo que permitirá la defensa propia del agente en el lugar de los hechos. Este cambio tiene como objetivo mejorar la seguridad tanto de los ciudadanos como de los agentes del orden.
¿Cómo afectará la reforma el reglamento vigente?
El dictamen también establece que el Ministerio del Interior deberá ajustar el Reglamento del Decreto Legislativo 1186, aprobado por el Decreto Supremo 012-2016-IN, en un plazo máximo de 60 días calendario. Este ajuste tiene el objetivo de garantizar que la normativa esté alineada con las modificaciones propuestas en la nueva ley.